El TEPJF confirmó la pérdida del registro de estos seis partidos políticos por falta de respaldo de los electores
*** Los partidos políticos Podemos, Todos por Veracruz, Cardenista, Unidad Ciudadana, Encuentro Solidario y Redes Sociales Progresistas, lograron su registro formal en el año 2020, cuando empezaron a recibir prerrogativas.
Xalapa, Ver.- Después de cuatro meses de que el Organismo Público Local Electoral (OPLE) determinó la pérdida de registro de los partidos políticos Podemos, Todos por Veracruz, Cardenista, Unidad Ciudadana, Encuentro Solidario y Redes Sociales Progresistas, este jueves 29 de diciembre la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) lo confirmó.
En la última sesión del año, los magistrados federales -última instancia para revisar el tema- determinaron que ninguno de los seis partidos políticos, cuatro locales y dos nacionales, recibieron el respaldo del tres por ciento de los electores que participaron en las elecciones del 2021, por lo que perdían su registro oficial.
Los partidos políticos Podemos, Todos por Veracruz, Cardenista, Unidad Ciudadana, Encuentro Solidario y Redes Sociales Progresistas, lograron su registro formal en el año 2020, cuando empezaron a recibir prerrogativas.
La vida útil de la chiquillada o partidos satélite, como se les conoce a los partidos de reciente creación solo fue de dos años.
Los seis partidos acudieron a impugnar la determinación del Consejo General del OPLE ante la queja que no había certeza en los cómputos municipales de la elección del 2021, lo mismo que de las cuatro elecciones extraordinarias que se realizaron este 2022.
En una sesión del OPLE, el ahora exsecretario ejecutivo, Hugo Castro Bernabé, reconoció que se habían equivocado al sumar los votos, sin embargo, dijo que el error se había subsanado y el sistema reportaba los sufragios que correspondían a cada partido.
La cadena de impugnación llevó más de tres meses, debido a que los partidos recurrieron a todas las instancias jurisdiccionales con la idea de que se revocará la decisión de los consejeros del OPLE, que determinaron que al no tener el 3 por ciento de la votación, perdían su patente.
La ley en Veracruz determina que si un partido político no recibe el respaldo del 3 por ciento de los electores que acuden a las urnas, no debe mantener su registro ni las prerrogativas que les da el órgano electoral.
En la sentencia los magistrados del TEPJF determinaron que era inoperante la queja de los partidos políticos que se les negó su derecho de audiencia; que no se les dio dinero extraordinario, pues ya habían perdido el registro y no tenían derecho a más financiamiento.
Los partidos también se quejaron de la parcialidad de un magistrado del Tribunal Local Electoral de Veracruz (TEEV) por resolver temas que no fueron incluidos en el recurso de revisión de la determinación del OPLE.
En ese sentido, los magistrados del TEPJF respondieron que su queja no tenía sustento, incluso, si un magistrado había sido parcial en su determinación el planteamiento era insuficiente para revertir una sentencia. Celebraron la novedad en la sentencia al revisar más allá de lo planteado por los partidos.
La otra queja que se emitió fue que la decisión del OPLE se basó en la falta de certeza en los cómputos, sin embargo, el OPLE justificó que no se podría revisar errores en actas de escrutinio que ya se validaron en el pasado.
Sumado a que los partidos no presentaron las pruebas de sus dichos, pues solo creían que con la queja, sin documentos, podrían lograr la pretensión de que se ordenara al OPLE la revisión de los cómputos municipales.